No es una pregunta cómoda, pero tiene una respuesta concreta y se puede calcular. Son dos situaciones distintas, con dos cuentas distintas: comprarle la parte a la familia de un socio, o sostener la operación mientras reemplazás a quien la sostenía.
Si un socio fallece, su participación pasa a sus herederos. Los socios que quedan suelen querer recomprarla —para no terminar administrando la empresa con la familia del socio— y los herederos suelen preferir el dinero antes que una parte de una empresa que no manejan. El problema es que esa compra hay que pagarla, y en efectivo. La suma asegurada es el capital que aparece ese día para hacerlo, sin descapitalizar la compañía ni salir a endeudarse.
El cálculo asume que se recompra el 100% de la participación del socio. Cada socio suele asegurarse por la parte de los demás, de modo que quien queda reciba el capital para comprar. La estructura concreta —quién es tomador, quién asegurado y quién beneficiario— se define junto con tu contador y tu abogado, porque condiciona el tratamiento impositivo y la validez frente a los herederos.
Acá no se compra nada: se cubre un agujero. Hay personas cuya ausencia le cuesta plata a la empresa —quien trae las ventas, quien conoce el proceso, quien sostiene la relación con los clientes grandes—. Mientras conseguís y formás a un reemplazo, la facturación cae y aparecen gastos que no estaban previstos. La suma asegurada es lo que hace falta para atravesar ese período sin ajustar por otro lado.
Acá la empresa suele ser tomadora y beneficiaria de la póliza, porque el perjuicio lo sufre la compañía. Es distinto del seguro de vida personal de esa persona, que protege a su familia: son dos coberturas con dos fines y pueden convivir.
Con la suma estimada armamos la cobertura, definimos la estructura societaria que corresponde y la revisamos cuando la empresa cambia de tamaño.